Entonces, ¿si un tercero desea utilizar un conocimiento colectivo, deberá contar con el consentimiento informado previo?
Sí. Los interesados en acceder a un conocimiento colectivo deben solicitar el consentimiento informado previo a las organizaciones representativas de los pueblos indígenas que lo posean, ya sea cuando se desee realizar una investigación científica o para elaborar un producto comercial a partir del conocimiento.
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